Regl. 5208, art. X

Reservas

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A. Promoción La Compañía podrá incluir en un sólo grupo o en distintos grupos a aquellos Mesones que crea conveniente, en actividades tales como: publicaciones o folletos especializados; anuncios o presentaciones en la prensa, radio y televisión; giras turísticas; excursiones especializadas o regionales; servicios a prestarse por las instalaciones agrupadas para tales fines en alguna actividad o gestión turística y en cualquiera otra gestión que surja como necesidad para el mejor desarrollo del Programa. Cualquier programa de publicidad o promoción individual que se origine por gestión O a iniciativa de algún Mesón, deberá someterse previamente a consulta y aprobación de la Compañía. Se dispone que el trabajo técnico para conformar los programas individuales con el programa general de Mesones será responsabilidad del Mesón particular. Reglamento de Mesones Gastronómicos Página 19 B. Operación En caso que el Mesón sea operado por otra persona que no sea el dueño, la gerencia o el operador deberá ser aprobado por la Compañía previo su nombramiento. Dicha aprobación no será aplicable a los restaurantes que ya estén operando y quieran acogerse al Programa de Mesones Gastronómicos, en cuyo caso la Compañía pasará juicio sobre este particular al momento de la solicitud.
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