Regl. 5227, art. 1.2
BASE LEGAL
Cite as Reglamento Núm. 5227, Art. 1.2
Este Reglamento se promulga al amparo de las disposiciones del ArtÃculo 12 de
la Ley Número 95 aprobada el 29 de noviembre de 1992, que ordena a los Secretarios
de Hacienda y de Agricultura a adoptar el reglamento o los reglamentos necesarios para
el cobro de las aportaciones a las cuales hace referencia el ArtÃculo 9 de dicha Ley
Número 95 y para la remisión de las mismas al Fondo para el Fomento de la Industria
de la Carne de Res.