Regl. 5236, art. 12-12.2
Funciones de la Oficina
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Cite as Reglamento Núm. 5236, Art. 12-12.2
1. Para el logro de los objetivos señalados, la Oficina
establecerá los programas y servicios de relaciones de
personal que estime necesarios, conforme a sus recursos y
necesidades.
2. Se formulará un Programa de Relaciones de Personal
integrando los diferentes programas y servicios de relaciones
de personal tales como atención de sugerencias, orientación y
consejería en relación con el trabajo, actividades recreativas
y culturales, premios y reconocimientos y atención de
planteamientos y quejas.