Regl. 5236, art. 6-6.10 dup2
Normas Específicas para el Reclutamiento de
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Cite as Reglamento Núm. 5236, Art. 6-6.10 dup2
Trabajadores No Diestros y Semi-diestros
1. El procedimiento especial para puestos de
trabajadores no diestros O semi-diestros consistirá
de un examen de evaluación a los únicos fines de
determinar si los candidatos reúnen los requisitos
mínimos establecidos para las clases de puestos en
las cuales habrán de ser nombrados.
2. A tales fines verificarán, de documentos
originales, que el candidato reúna todos los
requisitos mínimos exigidos para ocupar el puesto,
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tales como preparación, experiencia, licencias,
colegiación y otros establecidos en las
convocatorias a examen. A falta de éstas se
utilizarán las normas de reclutamiento y de no
existir éstas, las especificaciones de clases
emitidas por la Oficina. De existir más de uno de
los referidos documentos se utilizará siempre el de
fecha más reciente.
3. La Oficina certificará la verificación en cada
caso en el formulario Certificación de Verificación
de Requisitos.