Regl. 5236, art. 9-9.8 dup2
Historiales de Adiestramientos e Informes
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Cite as Reglamento Núm. 5236, Art. 9-9.8 dup2
1. Historial en Expedientes de Empleados
La Oficina mantendrá en el expediente de cada uno de sus
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empleados un historial de los adiestramientos en que éstos
participen, el cual podrá ser utilizado como una de las
fuentes de referencia para la toma de decisiones relativas a
ascensos, traslados, asignaciones de trabajo, evaluaciones y
otras acciones de personal. El historial de adiestramiento
del empleado podrá incluir evidencia de participación, por
iniciativa propia, en cualquier actividad educativa
reconocida.
2. Historiales de Actividades
La Oficina mantendrá historiales de las actividades de
adiestramiento celebradas, evaluaciones de las mismas y
personas participantes, para fines de la evaluación de sus
respectivos programas de adiestramiento y desarrollo.
3. Informes
Para fines de medición de la actividad global de
adiestramiento y desarrollo del personal en el servicio
público, la Oficina enviará al Instituto para el Desarrollo
de Personal anualmente los adiestramientos celebrados durante
el año fiscal. El informe deberá contener la información
necesaria sobre el volumen y clases de adiestramientos
ofrecidos, los gastos incurridos en adiestramientos y el
número de participantes.
PARTE IV
OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ADMINISTRACION DE PERSONAL