Regl. 2175, art. 4

Compras

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Cite as Reglamento Núm. 2175, Art. 4

Toda compra de suministros, materiales y equipo deberá efectuarse para conveniencia y en beneficio del interés público y conforme a lo que en adelante se establece. A- La Unidad de Compra podrá adquirir suministros, materiales y equipo sin sujeción a límite en cuanto a su importe y cantidad cuando se trate de artículos o servicios que estén bajo contratos suscritos entre sus suplidores y el Area de Compras, Servicios y Suministros de la Administración de Servicios Generales; disponiéndose que tales compras se regirán por lo estipulado en los indicados contratos. 5 - B- También podrá adquirir sin limitación de importe y cantidad materiales de oficina del Almacén del Area de Compras de la Administración de Servicios Generales, así como servicios de imprenta de la Imprenta del Gobierno. C- Las compras O servicios cuyo valor o importe no excedan de $1,000.00 y que no se efectúen con sujeción a contratos suscritos con la Administración de Servicios Generales y que no sean adquiridos del Almacén de Compras de dicha Administración ni de la Imprenta del Gobierno, deberán realizarse mediante subastas informales para lo cual la Unidad de Compra solicitará ofertas de precios verbalmente o por comunicaciones telefónicas a no menos de tres suplidores de los suministros, equipos, materiales o servicios de imprenta requeridos. E1 resultado de las cotizaciones recibidas se figurará en la Solicitud de Cotización de Precios y en el Resumen de Ofertas debiéndose emitir la Orden de Compra al suplidor cuya oferta resulte más conveniente al servicio. D- Para las compras O servicios de imprenta cuyo valor o importe excedan de $1,000.00 pero que no sea mayor de $5,000.00 se proseguirá en igual forma que en el Apartado 4-C inmediatamente anterior, excepto que al solicitarse las cotizaciones de los suplidores potenciales que sometan sus licitaciones por escrito y bajo su firma. La Unidad de Compra no aceptará en estos casos aquellas ofertas de precios que no se hagan por escrito y que no contengan la firma del licitador. E- Toda compra de suministro, materiales, equipo o de servicios de imprenta cuyo valor 0 importe exceda de $5,000.00 se hará solo después de recibir ofertas en subasta pública mediante el procedimiento de Subasta Formal. Para tales compras la Unidad de Subasta publicará aviso en la prensa del país 0 enviará comunicaciones a suplidores reconocidos invitándolos a hacer ofertas en sobres cerrados y a asistir a la celebración de la subasta de rigor la cual se verificará por la Junta de Subasta en determinada fecha y lugar, momento en el cual, y en presencia de los concurrentes el Presidente de la Junta abrirá los sobres de las ofertas recibidas y leerá su contenido en alta voz. La Junta llevará récords de las subastas celebradas en los que se indicarán, sin limitarse a, los siguientes datos: 6 1) Fecha, hora y lugar de su celebración. 2) Nombres de los licitadores y miembros de la Junta presente. 3) Una relación de las cotizaciones recibidas con indicación de los documentos, si algunos, con ellas acompañados. 4) Monto de las cotizaciones de cada licitador hechas por partidas y/o globales. 5) Indicación de las partidas por las cuales no se cotizó. Luego de ello, previo estudio de todas las cotizaciones, la Junta adjudicará la subasta al postor responsable más bajo tomando en consideración que sean conformes a especificaciones, términos de entrega y otras condiciones impuestas en el pliego de subastas, en adición a que resulten las más convenientes para el servicio. Tal adjudicación será comunicada por escrito por la Junta a todos los postores debiendo además rendirse un informe de la subasta celebrada el cual informe firmarán los miembros de la Junta presente en el acto. Todos y cada uno de los sobres de subasta recibidos como resultado de invitación a subasta podrán ser rechazados por la Junta si se considera que el licitador carece de responsabilidad O si la naturaleza O calidad de los suministros, materiales o equipo no se ajustan a los requisitos; O si los precios cotizados se consideran como irrazonables; o si el interés público con ello se beneficia. F- Se exceptúan del requisito de Subasta Formal aquellas compras que aunque su valor O importe exceda de $5,000.00: 1) Hubieren de efectuarse rápidamente por razón de emergencia, las cuales se procesarán según se establece en la Sección 5 siguiente. 2) Hubieren de hacerse al Gobierno de los Estados Unidos de Norte América O de un país extranjero. 7 -
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