Regl. 5240, art. 4-4.1 dup2

Reglamento de normas de certificación para la determinación de elegibilidad a solicitantes y participantes del programa de subvención individual y familiar. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Radicación de Solicitud - El jefe de la familia, su cónyuge o representante podrán someter la solicitud en los centros DAC establecidos por FEMA. La solicitud deberá contener el nombre del jefe 12 de la familia, dirección, fecha y firma de la persona que radica la solicitud. También podrán radicar solicitud por los números telefónicos que serán publicados luego de la declaración oficial de desastre. Las personas tendrán hasta sesenta (60) días para radicar solicitud después que el Presidente de los Estados Unidos declare el área zona de Desastre. Podrán radicar la solicitud dentro de 30 días adicionales (posterior a los 60 días) solamente si; circunstancias fuera del control del solicitante, tales como: Hospitalización, enfermedad o inaccesibilidad a los centros, lo impiedieron. Estas solicitudes serán enviadas al Panel Administrativo del Programa SIF, para evaluación y decisión final, si FEMA no tiene inspectores disponibles. Se tramitarán junto a una certificación del empleado que las recibe. Esta certificación indicará lo siguiente: "Se aceptó debido a que el solicitante no recibió a tiempo la carta de denegación de ayuda de "Small Business Administration" o "No se investigó la solicitud pues se recibió tardiamente". Las solicitudes de personas procesadas por SBA serán referidas al Programa SIF y se considerará que la solicitud está O fue radicada a tiempo en SIF. SBA enviará a FEMA los documentos, verificaciones y la razón de la denegación o aprobación del préstamo. 13 Un menor entre las edades de 18 años a 21 años podrá ser elegible para recibir beneficios en SIF, si está legalmente emancipado. El Programa SIF verificará la emancipación con certificado de matrimonio (si aplica), certificado de nacimiento, certificación de ambos padres o resolución del Tribunal. Si es menor de 18 años podrá ser elegible para recibir beneficios, si está legalmente emancipado o tiene tutor, de lo contrario, se referirá al Departamento de Justicia para que se asigne un tutor. FEMA no aceptará solicitudes con más de 90 días siguientes a la fecha de la declaracion del desastre.
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