Regl. 5240, art. 8

Reglamento de normas de certificación para la determinación de elegibilidad a solicitantes y participantes del programa de subvención individual y familiar. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Cite as Reglamento Núm. 5240, Art. 8

EXPEDIENTE La reglamentación del Programa SIF establece que se mantenga un expediente por familia. Los mismos estarán disponibles para revisión y auditorías de la Oficina Central y Regional, agencias estatales o federales. El Departamento deberá conservar los expedientes de casos cerrados por un mínimo de tres (3) años a partir de la fecha de cierre. El expediente deberá estar debidamente documentado y con las anotaciones necesarias que evidencian la determinación efectuada.
Regl. 5240, art. 8: Reglamento de normas de certificación para la determinación de elegibilidad a solicitantes y participantes del programa de subvención individual y familiar. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005 | Justis AI