Regl. 5240, art. II-5.6 dup2

Método de Cobro

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Cite as Reglamento Núm. 5240, Art. II-5.6 dup2

a. Pago Global Se cobrará la deuda en un sólo pago, cuando a la persona le sea económicamente posible pagar la misma de esta forma. Sin embargo, no se le requerirá liquidar sus recursos para hacerlo. b. Pagos a Plazos El Departamento podrá aceptar planes de pago en plazos mensuales, el mismo no excederá de 36 meses si la deuda es de $5,000 6 menos. Si la deuda excede los $5,000 el plan de pago podrá extenderse hasta 60 meses. C. Descuentos efectuados en cheques de beneficios SIF. Toda persona que tenga deuda pendiente de desastres anteriores, en el momemto que surja otro desatre y solicite ayuda, la División de Transacciones le 25 descontará automáticamente la cantidad de la deuda y enviará un cheque por la diferencia al solicitante. Si la familia tiene una deuda por la cantidad igual o mayor al beneficio aprobado actualmente, se le retiene la totalidad de sus beneficios. Se le enviará carta donde se le indica que no recibirá cheque de SIF ya que sus beneficios le fueron retenidos para saldar la dueda que tiene con el Programa SIF.
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