Regl. 5240, art. II-5.6 dup2
Método de Cobro
Cite as Reglamento Núm. 5240, Art. II-5.6 dup2
a. Pago Global
Se cobrará la deuda en un sólo pago, cuando a la
persona le sea económicamente posible pagar la
misma de esta forma. Sin embargo, no se le
requerirá liquidar sus recursos para hacerlo.
b. Pagos a Plazos
El Departamento podrá aceptar planes de pago en
plazos mensuales, el mismo no excederá de 36 meses
si la deuda es de $5,000 6 menos.
Si la deuda excede los $5,000 el plan de pago podrá
extenderse hasta 60 meses.
C. Descuentos efectuados en cheques de beneficios SIF.
Toda persona que tenga deuda pendiente de desastres
anteriores, en el momemto que surja otro desatre y
solicite ayuda, la División de Transacciones le
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descontará automáticamente la cantidad de la deuda
y enviará un cheque por la diferencia al
solicitante.
Si la familia tiene una deuda por la cantidad igual
o mayor al beneficio aprobado actualmente, se le
retiene la totalidad de sus beneficios. Se le
enviará carta donde se le indica que no recibirá
cheque de SIF ya que sus beneficios le fueron
retenidos para saldar la dueda que tiene con el
Programa SIF.