Regl. 5240, art. II-5.8 dup2
Reglamento de normas de certificación para la determinación de elegibilidad a solicitantes y participantes del programa de subvención individual y familiar. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 5240, Art. II-5.8 dup2
Incumplimiento del compromiso de pago
Cuando la familia no cumple con el plan de pagos
establecido O no responda a la SC-724 se enviará un
aviso de cobro y se advertirá que a menos que pague
la cantidad adeudada o se comunique con el
Departamento para acordar un nuevo plan de pagos,
se referirá el caso para el cobro de la deuda por
la vÃa legal.
Cuando la unidad familiar no cumple con el
compromiso de pago se convierte el caso en moroso.
Si la persona se comunica con el Departamento, se
procederá a seleccionar una de las siguientes
alternativas:
a. Continuar con el plan de pagos, siempre que la
persona pague la deuda vencida y desee seguir
con el acuerdo establecido.
b.
Renegociar el plan de pagos
Se negociará otro plan y se firmará un nuevo
compromiso de pago cuando la persona solicite
cambiar el plan de pagos, porque la situación
económica ha variado y el Departameno está de
acuerdo.