Regl. 5243, art. VII-IV
Designación:
Length: 32 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5243, Art. VII-IV
El Secretario de Salud designará como proveedores a las
instituciones educativas y las organizaciones profesionales que asÃ
lo soliciten, una vez cumplan con todos los requisitos establecidos
por Ley y este Reglamento.