Regl. 5250, art. 19.2
Revisión por la Unidad
Cite as Reglamento Núm. 5250, Art. 19.2
De no estar conforme con la determinación de la
autoridad nominadora de la unidad institucional,
el solicitante o empleado puede solicitar revisión
a la Junta de Apelaciones del Personal No Docente
del Sistema Universitario, dentro de los próximos
treinta (30) dÃas calendarios de haber sido
notificado de la determinación de la autoridad
nominadora de su unidad"
Y, PARA QUE ASI CONSTE, expido la presente Certificación, en San Juan,
Puerto Rico, hoy dÃa 3 de marzo de 1995.
LA
FREE JUNTA DE DE SINDICOS OF UNIVERSITY
angel a. Cintion-Ruire
Angel A. Cintrón Rivera, M.D.
Miembro y Secretario
CS
1993
CERTIFICO QUE ESTA ES COPIA FIEL Y EXACTA DEL
ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LOS ARCHIVOS DE LA
JUNTA DE SINDICOS DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO.
EN RIO PIEDRAS, PUERTO RICO, HOY 13 DE JUNIO DE
1995.
Manases Lopez Gomez
Secretar To Ejecutivo