Regl. 5253, art. V dup2
Reglamento General.
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ALIANZAS DE BENEFICIARIOS
La Administración promoverá la creación de alianzas de
beneficiarios tanto del sector público como del privado. La
Administración negociará con aseguradores contratos de seguros
de salud en representación de las alianzas de beneficiarios
que asà lo soliciten. Los contratos de seguros que la
Administración negocie con aseguradores se regirán por las
disposiciones establecidas en este reglamento.
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