Regl. 5255, art. IV-1 dup2
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 5255, Art. IV-1 dup2
a. Administración Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico.
b. Director Ejecutivo Director Ejecutivo de la Administración de Seguros de Salud de
Puerto Rico o su representante autorizado.
C. Residencia Oficial Lugar donde radica la oficina en donde la persona presta
regularmente sus servicios.
d. Residencia Privada Lugar donde regular 0 permanentemente reside la persona.
e. Puesto Temporero El lugar u oficina fuera de la residencia oficial y privada, donde
se traslada la persona para llevar a cabo su misión.
f. Dieta Cantidad fija de dinero que se le autoriza a los que ejecutan una misión
oficial, para cubrir los gastos de desayuno, almuerzo y comida en que incurran con
motivo del desempeño de la misión oficial encomendada. Los gastos de desayuno,
almuerzo y comida se pagarán de acuerdo a las cantidades establecidas en este
reglamento.
g. Gastos de Transportación Incluye todos los gastos incurridos en misiones oficiales
por concepto de transportación, ya sea en automóviles privados o de servicio público,
trenes, aviones, barcos, ómnibus, tranvías, taxis u otros medios de transporte.
Incluye otros gastos incidentales al viaje, necesarios para realizar la misión oficial,
tales como: propinas usuales, peaje, estacionamiento, acarreo y almacenaje.
h. Equipaje Propiedad personal de la persona necesaria para los propósitos de la
misión oficial que se le encomienda.
j. Ruta Usual Más Económica Vía más corta que usualmente se usa para trasladarse
o regresar del puesto temporero a la residencia oficial 0 privada y viceversa.
k. Personas Funcionario o empleado de la Administración o persona particular que
presta algún servicio a ésta.
1. Otros Paises Países 0 estados fuera de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico o de los Estados Unidos de América.