Regl. 5256, art. 1-2 dup5
Un Solo Licitador
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Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 1-2 dup5
Es obligación de la División de Compras estar al dÃa
con los cambios en el mercado con el fin de poder
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determinar con anterioridad a una convocatoria, si hay
una sola fuente disponible en el mercado para determinado
bien y producto. De esta forma se evitará tener que
recurrir al mecanismo de subasta formal. No obstante la
posibilidad de que se reciba una sola oferta, en cuyo
caso, la Junta de Subastas podrá adjudicar la subasta a
favor de dicho licitador, si su oferta cumple con las
especificaciones, precios y condiciones de la subasta.