Regl. 5256, art. 2 dup17
Revisión del Informe O Proyecto de
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Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 2 dup17
Convocatoria por el Presidente de la
Junta de Subastas
El Presidente de la Junta de Subastas evaluará la
información contenida en el Informe 0 Proyecto de
Convocatoria y verificará si las fechas
recomendadas por la División de Compras no
conflijen con el calendario de la Junta de
Subastas. El Secretario de la Junta de Subastas
deberá confirmar O someter fechas alternas en un
término no mayor de dos dÃas laborables contados a
partir del recibo del Informe. Si dentro del
término dispuesto el Presidente no se comunica con
la División de Compras, se entenderá que no hay
objeción a las fechas propuestas y procederá con la
Convocatoria.