Regl. 5256, art. 33-2

Propósitos del Registro de Licitadores

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Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 33-2

Los propósitos del Registro de Licitadores son los siguientes: 1. Recopilar información sobre las personas naturales O jurídicas que posiblemente contratarán con la Administración a los 12 efectos de asegurarse de que son personas de solvencia moral, económica y que tienen la capacidad para cumplir cabalmente con los términos contractuales. 2. Evitar el discrimen y el favoritismo mediante el establecimiento de requisitos uniformes para todos los licitadores. 3. Abaratar los costos que una subasta pública acarrea adoptando un sistema de convocatoria por invitación, en lugar de la convocatoria por periódico, siempre y cuando la Administración determine que la limitación de la invitación a los licitadores registrados, no afecta adversamente los mejores intereses institucionales. 4. Recopilar toda la documentación pertinente y necesaria para la posible contratación, de forma tal que si el licitador resulta agraciado, la contratatación pueda realizarse en forma 13 expédita.
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