Regl. 5256, art. 3-12
Conferencia con Antelación la Vista
Length: 73 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 3-12
Si la Junta de Revisión de Subastas Formales que
ésta designe, determina que es necesario celebrar una
vista adjudicativa, podrá citar a todas las partes O sus
representantes autorizados e interventores, ya sea por su
propia iniciativa o a petición de una de las partes, a
una conferencia con antelación a la vista con el
propósito de lograr una acuerdo definitivo O simplificar
las cuestiones O la prueba a considerarse en la vista.