Regl. 5256, art. 3-3

Oferta Engañosa

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Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 3-3

Cuando el licitador de alguna manera presente una oferta engañosa, bajo nombres falsos, seudónimos, 0 conspire para ocupar la subasta y tal situación sea descubierta por la Junta de Subastas se rechazará la 68 oferta presentada. La Junta de Subastas le informará al licitador por escrito y el licitador quedará excluído del Registro de Licitadores por el término de un año. El licitador penalizado podrá recurrir ante la Junta de Revisión de Subastas Formales de la Administración dentro del término de diez (10) días contados a partir del archivo en autos de copia de notificación de la sanción.
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