Regl. 5256, art. 4 dup19
Formalización del Contrato
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Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 4 dup19
El licitador estará obligado a honrar el precio
cotizado hasta la firma del contrato y durante la
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vigencia que se establezca en el mismo, según los
términos establecidos en el pliego de la subasta,
en compras por emergencias, O mediante negociación,
según sea el caso, no obstante, la Administración
no será responsable por cancelar la adjudicación de
una subasta, previo al momento de la contratación
por cualesquiera de las razones permitidas en este
Reglamento. Se entenderá que el contrato está
formalizado, desde el momento de la firma del (la)
Director (a) Ejecutivo (a) de la Administración.