Regl. 5256, art. 4 dup19

Formalización del Contrato

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Cite as Reglamento Núm. 5256, Art. 4 dup19

El licitador estará obligado a honrar el precio cotizado hasta la firma del contrato y durante la 83 vigencia que se establezca en el mismo, según los términos establecidos en el pliego de la subasta, en compras por emergencias, O mediante negociación, según sea el caso, no obstante, la Administración no será responsable por cancelar la adjudicación de una subasta, previo al momento de la contratación por cualesquiera de las razones permitidas en este Reglamento. Se entenderá que el contrato está formalizado, desde el momento de la firma del (la) Director (a) Ejecutivo (a) de la Administración.
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