Regl. 5261, art. 11-12

FIANZAS

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Cite as Reglamento Núm. 5261, Art. 11-12

12.1 Autorización Se autoriza al Director Ejecutivo a establecer en el Manual de Procedimientos de Compras todos aquellos tipos de fianza y los porcientos que correspondan. 12.2 A discreción del Gerente de Compras, en casos meritorios 0 solicitado, podrá obviarse el requisito de fianza cuando: a) Exista razonable seguridad de que el suplidor habrá de cumplir con su obligación. b) El licitador en cuestión constituya la única fuente de abasto, es licitador único o es fabricante o distibuidor exclusivo de los productos. c) El monto de la deuda contraída con el suplidor por parte de la Administración sea sustancial y se determine que dicha cantidad puede relevarse de la prestación de fianza requerida.
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