Regl. 5261, art. 11-15
ROTULOS DE IDENTIFICACION DE LAS OBRAS DE GOBIERNO
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Cite as Reglamento Núm. 5261, Art. 11-15
La División de Compras del Departamento de Servicios Generales será responsable de incluir en
los términos y condiciones de toda invitación a subasta de ejecución de obra una disposición al efecto
de que el licitador adjudicatario será responsable de la rotulación de la obra, cuya versión oficial deberá
ser contratada directamento con la Oficina Central de Comunicaciones (OCC) de la Fortaleza, bajo el
formato establecido por dicha ofiina a base de los precios contratados por la misma. La lista de precios
suministrada por la OCC deberá hacerse formar parte de la invitación a subasta,