Regl. 5261, art. 11-6

NORMAS BASICAS DE FUNCIONAMIENTO

Length: 244 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5261, Art. 11-6

1- La responsabilidad y autoridad final respecto a las compras recaerá sobre el Director Ejecutivo, quien será responsable por el fiel cumplimiento de este Reglamento. No obstante, la responsabilidad inmediata recaerá sobre la División de Compras de esta Administración. 2- Se utilizará el sistema de subasta pública caracterizado por un mecanismo de competencia 5 razonable en las compras que se realicen al amparo de este Reglamento, siempre que ello fuere procedente. 3- Las subastas se adjudicarán a aquellos licitadores que, actuando legítimamente, hayan ofrecido los artículos o servicios al precio más bajo 0 conveniente, siempre que la calidad del artículo o servicio, y otras circunstancias tales como entrega, ejecución, condiciones y términos de venta sean las más favorables 0 convenientes para la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico. 4- Se mantendrán records por escrito de las adjudicaciones, indicándose en cada caso las razones de cada decisión. 5- Hasta donde sea posible se redactarán especificaciones uniformes (Standard Specifications) para la compra de materiales de inventario, de tal forma que se simplifiquen los procedimientos de compra y se garantice la adquisición constante de una calidad adecuada de los suministros deseados. 6- Sólamente se aceptarán Solicitudes de Compra que vengan debidamente aprobadas por la autoridad competente de cada institución consumidora 0 servicio centralizado, en armonía con las normas que estableciere el Director Ejecutivo. 7- Todas las actividades de compras se harán conforme a este Reglamento, salvo determinaciones en contrario por escrito de parte del Director Ejecutivo.
Regl. 5261, art. 11-6: NORMAS BASICAS DE FUNCIONAMIENTO | Justis AI