Regl. 5263, art. III

Propósito

Length: 291 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5263, Art. III

A. Crear una Junta de Subastas y establecer y fijar los deberes y responsabilidades de sus miembros y del Director con relación a este reglamento. B. Establecer normas para el trámite, celebración y adjudicación de subastas en aquellos casos en que el costo estimado exceda de $25,000, conforme se define en la Ley Núm. 74, según enmendada, tales como: 1. La ejecución de cualesquiera obras públicas de facilidades de tránsito y transportación. 2. Compra de materiales, equipo, herramientas y otros servicios no personales. 3. Venta de materiales, equipo y herramienta que no tengan utilidad para la Autoridad, ya sea por deterioro físico, porque están obsoletos o cualquier otra causa. 4. Arrendamiento, con o sin opción a compra, de equipo, estructuras y cualquier otra propiedad que pueda ser arrendada O tomarse en arrendamiento por la Autoridad. 5. Disposición de cualquier propiedad inmueble que no sea utilizable a los propósitos de la Autoridad, sujeto a lo dispuesto en la Ley Núm. 12 del 10 de diciembre de 1975. C. Establecer un proceso de propuestas, cuando sea apropiado, para seleccionar al mejor proponente luego de la publicación de avisos O mediante invitación previa precualificación, y la oportunidad de libre competencia, en aquellos casos donde los criterios de evaluación envuelvan la capacidad relativa para desempeñarse, incluyendo la capacidad técnica y la experiencia profesional, O donde la selección requiera que se sopesen la 2 calidad O valor estético, de tal forma que el precio no sea el único criterio. D. Establecer un proceso que sea justo para los Licitadores y que lleve a la selección de la propuesta que se considere más ventajosa para la Autoridad. E. Adoptar procesos necesarios para cumplir con los requisitos de compra y selección establecidos como condición para recibir fondos federales.
Regl. 5263, art. III: Propósito | Justis AI