Regl. 5263, art. XI

Revisión de las Determinaciones

Length: 123 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5263, Art. XI

A. Solicitud de Reconsideración Cualquier Licitador afectado adversamente por una decisión de la Autoridad en relación con el proceso de selección y adjudicación expresado en este Reglamento podrá, dentro de los primeros diez (10) días siguientes a la notificación de la decisión, presentar por escrito una solicitud de reconsideración al Director. B. Disposición de Solicitudes de Reconsideración Las solicitudes de reconsideración y la disposición de las mismas se regirán por la sección 3.19 de la Ley 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. C. Revisión Judicial La revisión judicial de las determinaciones de la Autoridad en torno a una solicitud de reconsideración se regirán por el Subcapítulo 4 de la Ley 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. 40
Regl. 5263, art. XI: Revisión de las Determinaciones | Justis AI