Regl. 5263, art. XIV
Cláusula Derogatoria
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Cite as Reglamento Núm. 5263, Art. XIV
Cualquier parte del Reglamento 02-001 del 7 de febrero de
1989 que estuviere en conflicto con las enmiendas que aquí se
disponen, queda derogada.
Este Reglamento no enmienda, modifica 0 deroga en
forma alguna el Reglamento Núm. 02-012 sobre Subastas
Negociadas, ni el Reglamento Núm. 02-002 sobre Evaluación,
Selección, Contratación y Supervisión de Servicios
Profesionales y Consultivos, ni cualquier otra disposición
sobre adquisición que en la actualidad no esté cubierta por
este Reglamento.