Regl. 2185, art. 15-15.6
Reglamento de Personal -- Administracion Central: relaciones entre la Oficina y las agencias de la Adm. Central, reinstalacion de empleados de confianza. Enmendando Reglamentos 2484, 2574. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 2185, Art. 15-15.6
REINGRESOS A CLASES DE PUESTOS MODIFICADAS
O ELIMINADAS
En el caso que al momento de procederse al reingreso de un empleado, la clase del puesto que ocupaba haya
sido modificada O eliminada el nombre del solicitante se
ingresará a un registro especial para la clase de puestos
cuyas funciones sustancialmente correspondan a las de la
clase de puesto que fue modificada O eliminada. El empleado
deberá reunir los requisitos del puesto.
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