Regl. 2185, art. 16 dup2
CLAUSULA DE SEPARABILIDAD
Cite as Reglamento Núm. 2185, Art. 16 dup2
Si cualquier palabra, inciso, artÃculo, sección
o parte del presente Reglamento fuese declarada inconstitucional O nula por un tribunal, tal declaración no afectará, menoscabará O invalidará las restantes disposiciones
y partes de este Reglamento, sino que su efecto se limitará a la palabra, inciso, oración, artÃculo, sección O parte
especÃfica declarada inconstitucional O nula, y la nulidad
O invalidez de cualquier palabra, inciso, oración, artÃculo,
sección O parte de algún caso, no se entenderá que afecta
O perjudica en sentido alguno su aplicación O validez en
cualquier otro caso.
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