Regl. 5266, art. 16-5

Métodos de Investigación o Mecanismos para

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Cite as Reglamento Núm. 5266, Art. 16-5

la Investigación En el ejercicio de su poder, el Comisionado podrá llevar a cabo las intervenciones, investigaciones e inspecciones que considere convenientes, mediante los siguientes mecanismos: (1) Solicitud de información presentada por medio de: (a) requerimientos (b) órdenes (c) comunicaciones (d) citaciones (e) cualquier otro escrito (2) Investigaciones de campo (3) Reuniones (4) Producción de documentos (5) Entrevistas (6) Exámenes (7) Cualquier otra que el Comisionado de Seguros estime adecuada
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