Regl. 5269, art. I

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 5269, Art. I

El propósito de este procedimiento es asegurar la participación efectiva de los clientes que reciban los servicios de los programas y la solución justa, rápida y económica de las querellas presentadas ante la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos; aumentar la supervisión y calidad de los servicios prestados y conceder un remedio a las personas o grupos excluidos de los programas.