Regl. 5282, art. 31-III
Reglamento sobre el uso en Puerto Rico de la Bandera del Estado Libre Asociado.
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Cite as Reglamento Núm. 5282, Art. 31-III
DESCRIPCION Y SIMBOLISMO
a) El nombre oficial de la bandera puertorriqueña será:
Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
b) La bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico es
la que tradicionalmente se ha conocido hasta ahora como la
bandera puertorriqueña. Su forma es rectangular, con franjas
horizontales, alternadas, tres rojas y dos blancas, y tiene
junto al asta un triángulo equilátero azul con una estrella
blanca de cinco puntas. Este triángulo, por el lado vertical,
abarca toda la anchura de la bandera.
c) La estrella es sÃmbolo del Estado Libre Asociado y
reposa sobre un triángulo azul que en sus tres ángulos evoca la
integridad de la forma republicana de gobierno representada por
tres poderes: el legislativo, el ejecutivo y el judicial.
Las tres franjas rojas simbolizan la sangre vital que nutre
a esos tres poderes de Gobierno, los cuales desempeñan funciones
independientes y separadas. La libertad del individuo y los
derechos del hombre mantienen en equilibrio a los poderes y su
misión esencial la representan dos franjas blancas.
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