Regl. 5282, art. 31-III

Reglamento sobre el uso en Puerto Rico de la Bandera del Estado Libre Asociado.

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Cite as Reglamento Núm. 5282, Art. 31-III

DESCRIPCION Y SIMBOLISMO a) El nombre oficial de la bandera puertorriqueña será: Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. b) La bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico es la que tradicionalmente se ha conocido hasta ahora como la bandera puertorriqueña. Su forma es rectangular, con franjas horizontales, alternadas, tres rojas y dos blancas, y tiene junto al asta un triángulo equilátero azul con una estrella blanca de cinco puntas. Este triángulo, por el lado vertical, abarca toda la anchura de la bandera. c) La estrella es símbolo del Estado Libre Asociado y reposa sobre un triángulo azul que en sus tres ángulos evoca la integridad de la forma republicana de gobierno representada por tres poderes: el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Las tres franjas rojas simbolizan la sangre vital que nutre a esos tres poderes de Gobierno, los cuales desempeñan funciones independientes y separadas. La libertad del individuo y los derechos del hombre mantienen en equilibrio a los poderes y su misión esencial la representan dos franjas blancas. -3-
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