Regl. 5282, art. 31-XIX
Reglamento sobre el uso en Puerto Rico de la Bandera del Estado Libre Asociado.
Length: 31 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5282, Art. 31-XIX
EN PRESENCIA DEL GOBERNADOR
La Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico se
enarbolará O desplegará en todas las ceremonias públicas en que
esté presente el Gobernador de Puerto Rico.