Regl. 5282, art. 31-XVI
Reglamento sobre el uso en Puerto Rico de la Bandera del Estado Libre Asociado.
Length: 21 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5282, Art. 31-XVI
GUARDIA NACIONAL DE PUERTO RICO
La Bandera debe desplegarse en todas las ceremonias o
paradas en que participe la Guardia Nacional.