Regl. 5282, art. 31-XX

Reglamento sobre el uso en Puerto Rico de la Bandera del Estado Libre Asociado.

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Cite as Reglamento Núm. 5282, Art. 31-XX

HORIZONTAL EN LA PARED CON LA BANDERA DE LOS ESTADOS UNIDOS si la Bandera se coloca horizontalmente en la pared, sus colores deberán quedar completamente desplegados, con el triángulo hacia la derecha de la misma, o sea, a la izquierda de la persona que la observe de frente. La Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico irá a la izquierda de la Bandera de los Estados Unidos de América, o sea, a la derecha del observador.
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