Regl. 5282, art. 31-XXVII

Reglamento sobre el uso en Puerto Rico de la Bandera del Estado Libre Asociado.

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Cite as Reglamento Núm. 5282, Art. 31-XXVII

PROHIBICIONES a) La Bandera no debe tejerse ni bordarse sobre cojines, pañuelos 0 artículos similares; ni ser impresa, ni grabada en servilletas, sean éstas de cualquier material, ni en cajas, ni en ningún artículo que se haya de desechar por inservible. b) Queda prohibido el uso de la Bandera como emblema o insignia de partidos políticos o de candidatos que figuren en la papeleta electoral. c) Queda prohibido, asímismo, usarla como emblema O insignia en relación con elecciones primarias, elecciones plebiscitarias, referendums, o cualquier otro tipo de consulta que se haga al pueblo por medios electorales. d) Las siguientes prácticas quedan prohibidas: 1) Estampar, imprimir o en alguna forma hacer figurar alguna palabra O palabras, número, marca, grabado, diseño, o anuncio de cualquier indole sobre la Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 2) Desplegar, o hacer desplegar a la vista del público una Bandera del Estado Libre Asociado sobre la cual se hubiere impreso, estampado o -15- agregado alguna palabra, número, marca, grabado, diseño, pintura, o anuncio de cualquier indole. 3) Desplegar a la vista del público, vender, ofrecer en venta o usar cualquier artículo u objeto que sirva de envase a mercaderías, en el cual se hubiere impreso, estampado, grabado O fijado la Bandera del Estado Libre Asociado con el fin de llamar la atención, decorar, marcar o distinguir el artículo u objeto sobre el cual se hubiere impreso, pintado, fijado O estampado la Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 4) Ninguna persona deberá emplear la Bandera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en ningún tipo de propaganda comercial o con fines de atraer la atención del consumidor. 5) La Bandera no se usará como parte de, ni se imprimirá en un traje, uniforme, o vestimenta, bajo ninguna circunstancia. 6) Queda prohibido utilizar la Bandera para arropar, cubrir, vestir o decorar animales, atletas o participantes en espectáculos públicos.
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