Regl. 5283, art. 8-III
Reglamento sobre el uso del Escudo y el Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
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Cite as Reglamento Núm. 5283, Art. 8-III
El Secretario de Estado será el custodio del Escudo y del
Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.