Regl. 5283, art. 8-III

Reglamento sobre el uso del Escudo y el Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

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Cite as Reglamento Núm. 5283, Art. 8-III

El Secretario de Estado será el custodio del Escudo y del Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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