Regl. 5286, art. 7 dup2
PROCESO DE RADICACION
Length: 128 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5286, Art. 7 dup2
El funcionario del Departamento de Estado ante quien se
realice la radicación de la solicitud, cumplimentará una hoja de
cotejo correspondiente a los requisitos establecidos por este
reglamento. Si se encontrara que la solicitud está completa,
expedirá copia de la hoja de cotejo firmada y sellada con hora y
fecha al solicitante y adjuntará el original al expediente para
iniciar los trámites pertinentes.
En caso de que la solicitud no esté completa, o que no se haya
adjuntado uno o más de los documentos complementarios necesarios,
el funcionario que recibe la solicitud, la devolverá al solicitante
con todos los documentos con los que acompañó, y con copia de la
hoja de cotejo que le indicará la información o documentos que
faltan a la solicitud para poder ser tramitada.