Regl. 5288, art. 5
Procedimiento para solicitar Autorización de
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Cite as Reglamento Núm. 5288, Art. 5
Uso
Toda entidad que interese utilizar el Centro para fines
expresados en el ArtÃculo anterior, deberá cumplir con el
siguiente procedimiento:
A. El peticionario debe someter en el Departamento de
Estado una solicitud dirigida al Secretario. La misma
será presentada por el representante oficial de la
entidad solicitante, con por lo menos cuarenta y cinco
(45) dÃas de antelación a la fecha señalada para la
celebración de la actividad objeto de la solicitud
utilizando para ello el formulario disponible en la
SecretarÃa de Coordinación de Iniciativas Públicas y
Privadas del Departamento de Estado. (Véase Anejo II)
B. El Comité aprobará O denegará la solicitud asÃ
presentada dentro de los diez dÃas laborables
siguientes al recibo de la solicitud.
C. De existir algún conflicto entre dos O más solicitudes,
el Comité tendrá discreción para aprobar la solicitud
que estime más conveniente, a la luz de las
disposiciones de este Reglamento y de los mejores
intereses del Gobierno de Puerto Rico.
D. Toda agencia de gobierno O entidad privada a cuyo favor
el Comité apruebe una solicitud de uso del Centro,
deberá firmar un relevo de responsabilidad al
Departamento. (Véase Anejo III)
En virtud de la misma, se obligará a no ceder el uso
del Centro a ninguna otra agencia de gobierno, persona
O entidad y a relevar al Departamento de Estado de
reclamaciones por pérdidas O daños a la propiedad o a
las personas por razón o con motivo de la ejecución,
operación o actividad para la cual se le autoriza el
uso del Centro.
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E. Una vez considerada afirmativamente la solicitud de
uso, el peticionario se reunirá con el Administrador,
por lo menos diez dÃas laborables antes de la
actividad, para acordar los detalles de la misma y el
mantenimiento del orden y la seguridad durante el
transcurso de ésta.
F. El peticionario pagará el canón de arrendamiento en un
mÃmino de diez (10) dÃas laborables con antelación a la
fecha de la actividad. El peticionario será
responsable de cubrir lo siguiente como parte del cánon
de arrendamiento (Véase Anejo
).:
1. Seguro de responsabilidad pública y daños a la
propiedad.
2. Gastos de electricidad establecidos para este tipo
de actividad.
3. Gastos de limpieza y de guardia de seguridad.
G. En caso de interesar la cancelación de una actividad,
deberá notificarse a la Oficina y al Administrador con
por lo menos tres dÃas laborables de anticipación,
especificando las circunstancias de la cancelación.