Regl. 5288, art. 5

Procedimiento para solicitar Autorización de

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Cite as Reglamento Núm. 5288, Art. 5

Uso Toda entidad que interese utilizar el Centro para fines expresados en el Artículo anterior, deberá cumplir con el siguiente procedimiento: A. El peticionario debe someter en el Departamento de Estado una solicitud dirigida al Secretario. La misma será presentada por el representante oficial de la entidad solicitante, con por lo menos cuarenta y cinco (45) días de antelación a la fecha señalada para la celebración de la actividad objeto de la solicitud utilizando para ello el formulario disponible en la Secretaría de Coordinación de Iniciativas Públicas y Privadas del Departamento de Estado. (Véase Anejo II) B. El Comité aprobará O denegará la solicitud así presentada dentro de los diez días laborables siguientes al recibo de la solicitud. C. De existir algún conflicto entre dos O más solicitudes, el Comité tendrá discreción para aprobar la solicitud que estime más conveniente, a la luz de las disposiciones de este Reglamento y de los mejores intereses del Gobierno de Puerto Rico. D. Toda agencia de gobierno O entidad privada a cuyo favor el Comité apruebe una solicitud de uso del Centro, deberá firmar un relevo de responsabilidad al Departamento. (Véase Anejo III) En virtud de la misma, se obligará a no ceder el uso del Centro a ninguna otra agencia de gobierno, persona O entidad y a relevar al Departamento de Estado de reclamaciones por pérdidas O daños a la propiedad o a las personas por razón o con motivo de la ejecución, operación o actividad para la cual se le autoriza el uso del Centro. 7 E. Una vez considerada afirmativamente la solicitud de uso, el peticionario se reunirá con el Administrador, por lo menos diez días laborables antes de la actividad, para acordar los detalles de la misma y el mantenimiento del orden y la seguridad durante el transcurso de ésta. F. El peticionario pagará el canón de arrendamiento en un mímino de diez (10) días laborables con antelación a la fecha de la actividad. El peticionario será responsable de cubrir lo siguiente como parte del cánon de arrendamiento (Véase Anejo ).: 1. Seguro de responsabilidad pública y daños a la propiedad. 2. Gastos de electricidad establecidos para este tipo de actividad. 3. Gastos de limpieza y de guardia de seguridad. G. En caso de interesar la cancelación de una actividad, deberá notificarse a la Oficina y al Administrador con por lo menos tres días laborables de anticipación, especificando las circunstancias de la cancelación.
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