Regl. 5288, art. 6
Normas Generales para uso del Centro
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Cite as Reglamento Núm. 5288, Art. 6
1. Es responsabilidad del usuario o arrendatario dejar las
facilidades en perfectas condiciones, antes de las
12:00 del mediodÃa del dÃa siguiente a la actividad.
Esto debe incluir recogido del equipo y pertenencias
del peticionario. Para garantizar tal responsabilidad,
depositará una fianza.
2. El usuario o arrendatario debe asegurarse de que se
manejen con sumo cuidado los equipos dentro del salón,
de modo que se evite causar daño al Centro. Esto debe
incluir, el colocar "gomas protectoras" a las sillas,
mesas y todo equipo que se vaya a usar en el mismo.
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3. Es responsabilidad del usuario O arrendatario proveer
todo el equipo necesario para la actividad, tales como:
sillas, mesas, manteles, neveras, sistemas de sonido,
"podium", micrófono y otros.
4. El usuario o arrendatario corregirá con rapidez y
eficacia cualquier desperfecto O daño que sufra el
Centro, a consecuencia de la actividad.
5. El Administrador designará a una persona de su equipo
de trabajo para que permanezca en el Centro durante el
transcurso de la actividad.
6. Toda entidad que reciba el co-auspicio del Departamento
de Estado, deberá hacerlo constar asà en cualquier
cartel, serigrafÃa, folleto e invitación que se prepare
al efecto.
7. El usuario o arrendatario se limitará a usar el área
autorizada por el Comité.
8. Queda terminantemente prohibido clavar, perforar,
marcar, pintar, pegar O fijar, en forma alguna, en
ninguna de las superficies del edificio, incluyendo el
piso, paredes, columnas, puertas, ventanas, cristales,
lámparas, cortinas, escaleras y techo. Tampoco se
permitirá ninguna alteración de los cables ni
instalaciones eléctricas y telefónicas.
9. En los salones de exhibiciones del primer piso,
solamente se permitirá el uso de caballetes, aparadores
o paneles de exhibición. En ningún caso podrán éstos
pegarse, clavarse O fijarse al piso, a las paredes o
sobre alguna otra superficie del edificio.
10. El Administrador designará personal de su equipo de
trabajo, que se encargará de velar por el orden durante
las actividades.
11. La entidad peticionaria se asegurará de que durante la
exhibición, esté presente un representante suyo para
orientar al público sobre las obras y para cuidar la
seguridad de las mismas.
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12. No se permitirá al público, el acceso a las áreas que
se enumeran a continuación, a menos que sea necesario
para propósitos de mantenimiento de las mismas, y que
medie autorización del Administrador:
1. La subestación eléctrica
2. El sótano del edificio
3. Areas de instalación del equipo de aire
acondicionado
4. Area de cocina