Regl. 2185, art. 7-7.3 dup2
Reglamento de Personal -- Administracion Central: relaciones entre la Oficina y las agencias de la Adm. Central, reinstalacion de empleados de confianza. Enmendando Reglamentos 2484, 2574. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 2185, Art. 7-7.3 dup2
PROCESAMIENTO DE SOLICITUDES
Las solicitudes de examen se procesarán conforme a
las disposiciones de la Sección 7.3 del Reglamento de
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Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito.