Regl. 2185, art. 7-7.5 dup2

Reglamento de Personal -- Administracion Central: relaciones entre la Oficina y las agencias de la Adm. Central, reinstalacion de empleados de confianza. Enmendando Reglamentos 2484, 2574. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

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Cite as Reglamento Núm. 2185, Art. 7-7.5 dup2

REGISTROS DE ELEGIBLES Los registros de elegibles se establecerán conforme a las disposiciones de la Sección 7.5 del Reglamento de Personal: Areas Esenciales al Principio de Mérito. Se establecerán además registros especiales por clases de puesto que contendrán los nombres de personas con derecho a reingreso en armonía con el Artículo 15 de este Reglamento luego de haber sido separadas de puestos de confianza, O separadas en período probatorio, O que tuvieren derecho a reingreso luego de haberse separado del servicio. 44
Regl. 2185, art. 7-7.5 dup2: Reglamento de Personal -- Administracion Central: relaciones entre la Oficina y las agencias de la Adm. Central, reinstalacion de empleados de confianza. Enmendando Reglamentos 2484, 2574. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005 | Justis AI