Regl. 5294, art. III
Aprobación
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Cite as Reglamento Núm. 5294, Art. III
La adopción del Código Eléctrico Nacional de Seguridad ha sido aprobada
por la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico,
mediante su Resolución Núm. 2534 de 13 de diciembre de 1994.
En San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre
de 1994.
Storden
Miguel A. Cordero
Director Ejecutivo
7 de agosto de 1995
Fecha
10-04-94
pjrm
JUNTA DE GOBIERNO
AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PUERTO RICO
SAN JUAN, PUERTO RICO
DEENERSIA
ELECTRICA
OF
COMMITORIDAD
DE PUERTO
PUERTO
ORGANIC
DIRECCION CABLEGRAFICA
PO BOX 364267
PREPA
SAN JUAN PR 00936-4267
DIRECCION TELEX AC
385714
5294
CERTIFICACION
Yo, Heydsha M. Eckert de Colón, Secretaria de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía
Eléctrica, por la presente CERTIFICO que la siguiente es una copia fiel y exacta de la Resolución
número 2534, aprobada por la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica en su
reunión regular del 13 de diciembre de 1994.
En testimonio de lo cual, firmo la presente y hago estampar en ella el sello oficial de la Autoridad
de Energía Eléctrica, hoy día 14 de diciembre de 1994.
HEYDSHA M. ECKERT DE COLON, SECRETARIA
JUNTA DE GOBIERNO
CN 078-04479
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
REV. 10/92
AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PUERTO RICO
SAN JUAN, PUERTO RICO
ENERGIA
ELECTRICA
DE
OF
DIRECCION CABLEGRAFICA
PUERTO
PO BOX 364267
PREPA
CORREO GENERAL
DIRECCION TELEX AC
OFICIAL
SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-4267
5294
RESOLUCION 2534
POR CUANTO: el Director Ejecutivo ha recomendado a la Junta de
Gobierno que esta Autoridad adopte el Código Eléctrico Nacional de Seguridad,
versión 1993 (Véase Exhibit 1471), para cumplir con lo establecido en la Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme para el Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, del 12 de agosto de 1988 (Ley Núm. 170), según enmendada; y
POR CUANTO: este Código establece reglas que salvaguardan la seguridad
de las personas durante la operación e instalación 0 mantenimiento de suministros
eléctricos, líneas de comunicación y equipos asociados. Además, establece reglas
básicas de seguridad para empleados y público en general, bajo condiciones
específicas.
POR CUANTO: el Director Ejecutivo ha solicitado a esta Junta de Gobierno
la adopción del Código Eléctrico Nacional de Seguridad, versión 1993, para iniciar las
gestiones de aviso al público y cumplir con los requisitos que establece la Ley
Núm. 170, según enmendada, y radicar el mismo ante el Departamento de Estado.
POR TANTO:
la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica,
RESUELVE QUE:
1. Se adopte el Código propuesto.
2. El Director Ejecutivo queda autorizado a iniciar las gestiones para notificar
al público de acuerdo con las disposiciones de ley.
2
3. El Director Ejecutivo queda autorizado a radicar el Código Eléctrico
Nacional de Seguridad, versión 1993, en el Departamento de Estado de
Puerto Rico.
APROBADA:
13 de diciembre de 1994