Regl. 5300, art. 115

Resolución R-95-18-1; Reglamento para el Control de la Contaminación Atmosférica: Enmendado por el Reg. 5812, 6302, 6303-6824-6630-7985

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Cite as Reglamento Núm. 5300, Art. 115

SANCIONES Cualquier violación a este Reglamento constituirá delito menos grave, y estará sujeta a la penalidad que establece la "Ley Sobre Política Pública Ambiental" (Ley No. 9 del 18 de junio de 1970, según enmendada). Además, en caso de infracción de cualesquiera de las reglas y reglamentos aplicables, la Junta podrá suspender, modificar 0 revocar cualquier autorización de permiso, dispensa y cualquier otra aprobación otorgada bajo este Reglamento.
Regl. 5300, art. 115: Resolución R-95-18-1; Reglamento para el Control de la Contaminación Atmosférica: Enmendado por el Reg. 5812, 6302, 6303-6824-6630-7985 | Justis AI