Regl. 5303, art. 7

- Sede

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Cite as Reglamento Núm. 5303, Art. 7

a). La oficina central de la Junta estará establecida en el Cuartel General de la Policía de Puerto Rico, ubicado en San Juan, Puerto Rico. Esta disposición no limita el que la Junta determine reubicarla en el lugar que mejor responda a sus necesidades e intereses. b). La Junta está autorizada a gestionar y establecer aquellas oficinas y centros necesarios para la implantación de la Ley Núm. 144 del 22 de diciembre de 1994, según enmendada.
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