Regl. 5305, art. X-III

JUNTA DE COLONOS DE LA INDUSTRIA AZUCARERA

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Cite as Reglamento Núm. 5305, Art. X-III

A. Por Orden Administrativa del Secretario de Agricultura, del 18 de noviembre de 1993, se constituyó la Junta de Colonos de la industria en cada una de las centrales activas, con el propósito de entender en los problemas de la industria. B. El Comité de Arrendamiento podrá solicitar asesoramiento de la Junta de Colonos cuando lo crea necesario a los mejores intereses de la industria azucarera de Puerto Rico.
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