Regl. 5307, art. VIII-8.1

Cuándo Termina el Subsidio

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Cite as Reglamento Núm. 5307, Art. VIII-8.1

El subsidio acordado mediante convenio será descontinuado por el Departamento cuando: a) el menor cumpla la edad de 18 años. Podrá extenderse la subvención hasta los 21 años si se trata de un menor con impedimento físico O mental que a juicio del Departamento justifique extender el subsidio; b) los padres adoptivos han dejado de ser legalmente responsables por el sustento del menor; c) el menor ha dejado de recibir el sustento de parte de los padres adoptivos; d) los padres adoptivos no sometan la declaración jurada anual O no comparezcan a la reunión anual de revisión del subsidio a la que hayan sido citados, sin razón justificada.
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