Regl. 2186, art. 10-10.1

OBJETIVOS

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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 10-10.1

La Oficina Central de Administración de Personal y cada agencia, perseguirá alcanzar como meta los más altos niveles de excelencia, eficiencia y productividad en el servicio público, realizando los siguientes objetivos en cuanto al adiestramiento, capacitación y desarrollo de su personal: 81 1) Desarrollar al máximo el talendo y la capacidad del personal con potencialidades para hacer aportaciones a nuestra sociedad. 2) Mejorar la eficiencia del gobierno proveyendo la oportunidad a su personal para que adquiera el grado de preparación que mejor corresponde a los requerimientos de las funciones que está llamado a desempeñar y preparar el potencial humano técnico y especializado adecuado para atender a las necesidades actuales y futuras del servicio público. 3) Proveer a los servidores públicos, en la medida que los recursos disponibles lo permitan, de los instrumentos necesarios para el mejoramiento de sus conocimientos y sus destrezas, así como para su crecimiento en el servicio público. 4) Contribuir a mantener un clima de armonía y satisfacción en el trabajo que redunde en un alto grado de motivación y espíritu de servicio entre los empleados así como en una mayor productividad y una mejor calidad en los servicios que se prestan. 82
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