Regl. 5307, art. V-5.2
Funciones del Trabajador de Servicios
Cite as Reglamento Núm. 5307, Art. V-5.2
a) El trabajador de servicios a cargo del caso en la Unidad
de Adopción, llevará a cabo una reunión con los padres
adoptantes en la que se discutirán las necesidades
especiales del menor y las circunstancias de la familia
adoptante, para llegar a una determinación sobre el monto
del subsidio.
b)
El trabajador de servicios, en consulta con su
supervisor, hará la determinación final del monto del
subsidio y lo informará por escrito a los padres
adoptantes dentro de diez (10) dÃas contados a partir de
la reunión.
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