Regl. 5307, art. V-5.2

Funciones del Trabajador de Servicios

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Cite as Reglamento Núm. 5307, Art. V-5.2

a) El trabajador de servicios a cargo del caso en la Unidad de Adopción, llevará a cabo una reunión con los padres adoptantes en la que se discutirán las necesidades especiales del menor y las circunstancias de la familia adoptante, para llegar a una determinación sobre el monto del subsidio. b) El trabajador de servicios, en consulta con su supervisor, hará la determinación final del monto del subsidio y lo informará por escrito a los padres adoptantes dentro de diez (10) días contados a partir de la reunión. 5
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