Regl. 2186, art. 10-10.2 dup2
Reglamento de Personal -- Areas esenciales al principio de merito: estructura y funcionamiento del Sistema de Administracion de Personal
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Cite as Reglamento Núm. 2186, Art. 10-10.2 dup2
PLANES DE ADIESTRAMIENTO, CAPACITACION
Y DESARROLLO
1) Inventario de Necesidades
Anualmente las agencias harán un inventario de las necesidades de adiestramiento
y desarrollo de sus recursos humanos. El
inventario de necesidades servirá de base
al plan de adiestramiento, capacitación y
desarrollo del personal de la agencia.
2) Planes de Adiestramiento de las Agencias
Cada jefe de agencia someterá a la Oficina no más tarde del 31 de agosto de cada
año un plan de adiestramiento, capacitación
y desarrollo de su personal. Al preparar
su plan cada agencia considerará:
a) las necesidades presentes identificadas y la proyección de necesidades
futuras por servicios de personal;
b) las prioridades programáticas de la
agencia y la atención de las mismas
a corto y a largo plazo;
c) la identificación precisa de los problemas que la agencia aspira a solu-
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cionar mediante el adiestramiento, la
capacitación y el desarrollo de su
personal;
d) los estándares de ejecución que la
agencia establezca para su personal;
e) el compromiso que el plan conlleva
por parte de la agencia en cuanto a
la inversión de recursos y de tiempo
necesarios para el desarrollo de su
personal.
El plan deberá incluir el uso adecuado de
medios de adiestramiento tales como becas,
licencias con O sin sueldo para estudios, seminarios O cursos de corta duración, matrÃculas, pasantÃas e intercambios de personal
en Puerto Rico O en el exterior, conforme a
las normas que se expresan más adelante en
este Reglamento.
3) Plan de Adiestramiento del Instituto
El Instituto para el Desarrollo de Personal en el Servicio Público, adscrito a la
Oficina recibirá los planes de adiestramiento
preparados por las agencias y hará uso de los
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mismos para identificar las necesidades de
adiestramiento generales y comunes y para
preparar el plan global de adiestramiento
que el mismo deberá llevar a cabo para satisfacer dichas necesidades. En la preparación del plan global el Instituto utilizará también la información obtenida de
sus propios programas de investigación y de
identificación de necesidades presentes y
futuras.
La Oficina enviará a las agencias copia
del Plan Global de Adiestramiento para llenar las necesidades generales y comunes de
éstas y establecerá las normas y procedimientos necesarios para la implementación del
mismo.