Regl. 5319, art. V dup2

Aprobación

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Esta enmienda ha sido aprobada por la Junta de Gobierno de la Autoridad en reunión celebrada el 2 de octubre de 1995. Gobierno de Puerto Rico JUNTA DE GOBIERNO Autoridad de Acueductos y Alcantarillados 5319 CERTIFICACIÓN Yo, Marilyn Pérez Pérez, Secretaria Ejecutiva de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados; CERTIFICO, Que en reunión extraordinaria de la Junta de Gobierno, celebrada el 2 de octubre de 1995, se aprobó una ampliación a la Orden Ejecutiva OE 1993-41. Dicha ampliación tiene como consecuencia una enmienda al Reglamento de Subasta de la AAA Número 2732, cual también está aprobada. Marilyn Pérez Pérez El Gobernador de Puerto Rico CERTIFICACION 5319 De conformidad con lo dispuesto en la Sección 2.13 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, por la presente certifico que, para ampliar la definición de emergencia existente en el Artículo III (g) del Reglamento de Subasta de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, tan vital para garantizar los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, los intereses públicos requieren que se enmiende el Reglamento de Subasta sin la dilación que requieren las Secciones 2.1, 2.2, 2.3 y 2.8 de la referida Ley Núm. 170, antes citada. En San Juan, Puerto Rico a 16 de octubre de 1995. Pearo Rmelio PEDRO ROSSELLO GOBERNADOR DE PUERTO RICO
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